En días recientes ha circulado públicamente información sobre una solicitud de decreto de la entidad Luma bajo la Ley Núm. 60-2019, conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico (“Ley 60”). Si bien confirmamos que tal solicitud fue presentada, es preciso aclarar que la misma no ha sido aprobada. Al presente, esta se encuentra en proceso de evaluación interagencial y municipal, según establecido en ley.
Asimismo, aclaramos que los contratistas y subcontratistas de entidades Alianzas Públicos Privadas haciendo obras en la red eléctrica, tienen que pagar arbitrios y patentes a los municipios, sin exención alguna.
Los incentivos contributivos son una herramienta importante para el desarrollo económico y para promover inversiones nuevas, aumentar la competitividad de las empresas locales y lograr la atracción de capital, entre otros objetivos. Ahora bien, cuando la solicitud de incentivo no cumple con algunos de estos, pudiera ser contra producente proceder con el incentivo.
Es por lo anterior, que la Ley 60 provee para que el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio evalúe los méritos de dicha solicitud, su impacto positivo o negativo sobre la economía, al igual que su costo fiscal, incluidos los municipios, y basado en ello, poder denegar una solicitud.
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